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¿Cambio en la justicia o recambio en los procedimientos?

Uno de los hechos más relevantes del último mes fue la implementación para la Región Metropolitana del nuevo sistema procesal penal completándose así la última región en el país que operará con este nuevo procedimiento.
Más de alguna autoridad política ha dicho que con la inauguración de carreteras y autopistas y del nuevo proceso penal, Chile claramente ya es un país que exhibe de modo flamante su modernidad.
Más allá de lo ocurrido y publicitado con el Senador Lavandero, en relación a si hay justicia entre iguales o los dichos de su abogado en torno a la estrategia de la mentira como forma de defensa o del debate de dar publicidad a los imputados, la cuestión de fondo es si efectivamente el país ya sancionó su última modernidad o estamos una vez más bajo la manipulación del discurso y del lenguaje en relación a la justicia como bien anhelado de la comunidad.
No cabe duda y en eso concordamos muchos, el nuevo sistema penal oral ofrece enormes ventajas, pero no hay que confundirse, la instalación de un nuevo procedimiento penal es eso, un cambio de procedimiento que no implica en sí un cambio de concepción de la justicia formal en Chile ni de una praxis democrática y alternativa para la judicatura nacional, en tanto la perspectiva del derecho sigue respondiendo a una matriz eminentemente legalista que da muy poco espacio a procesos de legitimidad y de justicia social.
No hay punto de comparación entre el oscurantismo del sistema penal antiguo y la transparencia del nuevo sistema y la credibilidad que permiten las audiencias orales, siendo el imputado el primer censor de la actuación judicial, dado que estos deben ser realizados ante él y no a sus espaldas o desconocimiento como ocurría antes, siendo importante también la posibilidad de solución alternativa de conflictos al permitir salidas diferentes a la sanción penal en aquellas situaciones de menor relevancia.
Poco tiempo ha transcurrido para hacer un análisis del operar del nuevo sistema, pero uno quisiera profundizar en sus fortalezas y alertar de sus debilidades, entre éstas, me preocupa la formación inquisitiva y formalista de muchos fiscales provenientes del poder judicial que desarrollen prácticas reproductoras del viejo sistema y no den curso a una actitud de indagación ni promotora de fórmulas alternativas en la solución de los conflictos que daría los nuevos aires que este sistema requiere.
Por otro lado, no puede soslayarse las declaraciones emitidas por la jueza en el mencionado caso del Senador Lavandero en orden a que las "cárceles en Chile no rehabilitan a los condenados". Este reconocimiento explícito del propio espacio judicial plantea el sentido de la crisis o el sistema penitenciario tiene fallas o el propio sistema es el que falla.
Así, lo importante del nuevo proceso penal oral es ganar transparencia, credibilidad y celeridad con el objeto de dejar progresivamente abierto al debate nacional no sólo los casos y sus antecedentes, sino la concepción misma de justicia que está detrás y de la forma como participa en dicha construcción la comunidad, como productora legítima de juridicidad. En ella radica la esencia de donde emergerá el cambio real de justicia que el país requiere.

Manuel Jacques Parraguez
Decano Facultad de Derecho
Universidad Bolivariana

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